Según varios expertos, el aumento de las multas no va en concordancia con el aumento del número de vehículos que hay en carretera. Es cierto que cada día más coches circulan, pero que de un año a otro haya un 42% más de multas. El informe planteado por los Automovilistas Europeos Asociados (AEA) muestra que casi la mitad de las multas que son recurridas se anulan en los tribunales.
¿Cuántas multas se han anulado en los últimos años?
Cuando un conductor recibe una multa, tiene dos opciones: o pagarla o recurrirla. Este informe de la AEA ha publicado que quienes recurren las multas puestas por las autoridades, cerca del 50% recibió una anulación total o parcial de la sanción recibida durante el año 2020.
Antes del cambio de la Ley de Seguridad Vial en el año 2009 no era habitual que una persona recurriera una multa. Pero desde que se empezó a aplicar esta ley que permite obtener un descuento del 50% por el pronto pago de la misma sí que ha cambiado la situación.
La gran mayoría de conductores prefieren pagar la multa antes de tiempo para obtener ese 50% de descuento. Pero otros, al ver que la sanción no es justa, toman la decisión de recurrirla para recibir su anulación.
¿Cuáles son las multas más recurridas y anuladas?
Las multas que se suelen recurrir son las referidas al exceso de velocidad. Esto se debe a que estas sanciones no aplican correctamente el margen de error que tienen ciertos radares.
Eso es lo que hace que los conductores tomen la decisión de recurrirla, porque saben que existe ese margen de error y que el Tribunal les dará la razón. Es un criterio que no se puede dejar de lado ya que en ocasiones, se recibe una multa por superar en 5 km/h el límite de velocidad permitida.
Hay algunos casos en donde tras la anulación de la multa, se le ha indicado a la DGT que debe de pagar las costas judiciales. Son pocos los casos ya que si fuera siempre así, se buscaría la forma de que ese margen de error no existiera.
¿Qué significa el margen de error de los radares?
Los radares tienen un margen de error que está homologado. Es posible que si se supera en unos kilómetros la velocidad permitida se reciba una multa por este margen de error.
Pero ese error tiene mucho que ver con el velocímetro del vehículo del que todos los fabricantes saben que tiene también cierto margen de error.
La DGT aplica la denominada «regla del 7» con el fin de calcular el margen de velocidad del vehículo. Ese número 7 está relacionado con el margen que se tiene del límite establecido. Entonces, si el límite para circular es de 100 km/h, se le suma el 7%, es decir 7 km/h como margen de error y permitido.
Si has recibido una multa que entra en ese margen, si la recurres es más que probable que te la anulen.
De todas formas, hay que tener en claro que los radares pasan continuamente controles con el fin de ver que su funcionamiento es el correcto.
Es en la homologación que se hace de cada radar en el que se establece ese margen de error.
Los radares móviles tienen ese margen de error muy bien establecido. Si el límite permitido es 100 km/h y vas a 105 km/h no se activará la sanción. Es cuando superas los 107 km/h, a los 108 km/h cuando se aplica la multa. En el caso de 50 km/h también se aplicará la sanción al pasar los 58 km/h.
¿Es el mismo margen de error a todas las velocidades?
No, en los casos que son inferiores a los 100 km/h se aplica 7 km/h de margen de error. Pero al superar ese límite se aplica el 7%. Es decir, si el límite en un tramo de la carretera es de 120 km/h, la multa se aplicará al pasar los 128,4 km/h.
Es esa misma ecuación que se aplica para el resto de límites de velocidad que estén por encima de los 100 km/h.
El motivo de que no se aplique la misma regla a todas la velocidades es que en las más bajas es más difícil para un radar móvil percibirlo.
La DGT determinó el número 7 en porcentaje y suma porque es el margen de error que tienen impuestos los radares más antiguos. Los más nuevos tienen un margen de error de un 3%. Es así como se puede unificar criterios en los radares móviles.
En los radares que son fijos, el límite es de 5 km/h cuando es una velocidad inferior a los 100 km/h y de 5% en velocidades superiores.